Docentes, médicos, servidores públicos, podrán ser destituidos de su cargo o suspendidos de su profesión si cometen abuso sexual.
Castigarán hasta con 10 años de prisión.
La violencia sexual es una de las formas de abuso más extremas; en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, las y los representantes populares de la 33 Legislatura que preside la diputada Alba Cristal Espinoza Peña, en Sesión Pública Ordinaria, reformaron el Código Penal para que en Nayarit se penalice el abuso sexual en mujeres y niñas.
Con la votación unánime de las y los legisladores se elimina “atentados al pudor” del Código Penal y se integra “abuso sexual”, delito que será castigado con hasta 10 años de prisión a quien cometa la falta en contra de niñas, niños, adolescentes, mujeres u hombres.

En el dictamen aprobado, se estipula que cuando la víctima de abuso sexual sea menor a 14 años o no tenga la capacidad de entender el hecho, quien delinque pagará con una pena de 4 a 9 años de prisión.
Cuando la persona que comete el delito sea un familiar o conocido de la víctima, use la violencia, sea servidor público, docente, médico o religioso, o se cometa el delito en el transporte público o privado, se le castigará con 4 o hasta 10 años de prisión; en el caso de los servidores públicos o personas que ejerzan su profesión, además de la pena, serán destituidos o suspendidos de cargo de 2 a 5 años, según sea el caso.

En la misma reforma estipula que si el agresor tiene parentesco con la víctima o ejerza sobre ella patria potestad, tutela o curatela, éste perderá todo derecho de alimentos y sucesorios, pero mantendrá su obligación alimentaria.
En la enmienda también se establece que los tocamientos o manoseos corporales, el obligar a la víctima a observar un acto sexual, o exhibir su cuerpo sin su consentimiento, se entenderá como acto sexual.

Más de las modificaciones hechas al Código Penal, es que las y los legisladores aumentan el castigo a quien comete el delito de feminicidio, incrementan hasta con 75 años de prisión cuando el delincuente incide en contra de una mujer menor de edad, embarazada, o si el criminal utiliza psicotrópicos en daño de la víctima; anteriormente se castigaba con 50 años de prisión.

En este mismo tema, la persona que realice actos encaminados a quitarle la vida a una mujer, pero no lo logra y la víctima sobrevive, será castigado.
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