La esterilización masiva, la donación alimentaria y el combate al maltrato animal es una realidad”, diputada Alba Cristal.
Velar por el bienestar de los animales domésticos en abandono y evitar que sean objeto de maltrato, permitirán las reformas a la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, Ley de Protección a la Fauna y la Ley Municipal, aprobadas por las y los diputados de la 33 Legislatura que preside la parlamentaria Alba Cristal Espinoza Peña.
Al hacer uso de la tribuna, Espinoza Peña reconoció el trabajo de la sociedad participativa y el gobierno; “estoy muy contenta, los esfuerzos hoy están rindiendo frutos, materializar una normativa clara y concreta; la esterilización masiva, la donación alimentaria y que cada día todos y todas vayamos a la ley a revisar que el combate al maltrato animal es una realidad”; enfatizó la diputada local.
En el dictamen aprobado se establece que el Gobierno del Estado podrá implementar, fomentar y gestionar campañas de donación alimentaria con el propósito de preservar el bienestar animal de perros y gatos, de igual forma se incluyen las campañas de esterilización y vacunación.
Con la modificación a los tres ordenamientos se estipula crear un Padrón Estatal de Fundaciones, Asociaciones u Organizaciones Sociales y Privadas de Protección a la Fauna, registro que regirá la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, ello para unir esfuerzos y fortalecer la cultura de la prevención y denuncia por maltrato animal.
En las mismas reformas hechas, se establece que los 20 ayuntamientos de la entidad deben contar con una comisión en el cabildo para la Protección a la Fauna; además de emitir normas que reglamenten la protección, crianza, producción, comercialización, vigilancia, entrenamiento, exhibición de animales domésticos.
Una más de las bondades de estas modificaciones es que se prevé la definición de maltrato, ello para verificar conductas que violenten a los animales y poder calificarlas como actos prohibidos.
Actualmente el Código Penal en sus artículos 422 y 423 precisa que el delito de maltrato o crueldad animal se castiga con seis meses a cinco años de prisión.
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